Compromiso Confianza Confidencialidad
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¿PUEDO INICIAR UNA MEDIACIÓN EN MEDIO DE UN PROCESO JUDICIAL?

 

               Sí. La Mediación se puede llevar a cabo antes de iniciar el proceso judicial o cuándo ya esté en marcha, en cualquier instancia, en ejecución de sentencia o en la modificación de las medidas establecidas por resolución judicial firme.

 

 

¿MI ABOGADO PUEDE ESTAR EN LAS SESIONES DE LA MEDIACIÓN?

 

               Sí. Consideramos que la relación entre el abogado y el mediador se basa en la colaboración por el bien común del cliente. Cada parte tiene su papel, y todas se unen para resolver el conflicto. Entre las funciones de cada parte, podríamos destacar que:

 

El abogado,

 

  • Asegura la información jurídica a su cliente
  • Vela por la legalidad delante de un eventual o definitivo acuerdo
  • Vela por la claridad jurídica de un eventual o definitivo acuerdo
  • Vela por la ausencia de vicios en los acuerdos de las partes

 

El mediador,

 

  • Vela por regular la discusión y transformarla en diálogo
  • Vela por favorecer una mejor compresión entre las partes
  • Favorece la búsqueda de soluciones respondiendo a las preocupaciones de las partes
  • Vela por la comprensión emocional de un eventual acuerdo

 

 

¿CUÁNTO CUESTA?

 

               Los costes de las sesiones son públicos. Cualquiera de las partes conocerá con exactitud antes de iniciar las sesiones su cuantía, que deberán abonar al finalizar cada una de ellas. En cualquier caso, e independientemente del número de sesiones, el ahorro respecto a las tarifas judiciales siempre será considerable.

 

 

¿QUIÉN INICIA UNA MEDIACIÓN?

 

               Cualquiera de las partes. No importa cuál, pero una debe tomar la iniciativa (teléfono, presencialmente, por mail…). Una vez establecido el contacto, Med3C se pondrá en contacto con la otra parte para iniciar el proceso.

 

 

¿LOS ACUERDOS OBTENIDOS EN MEDIACIÓN TIENEN VALIDEZ LEGAL?

 

               Sí. La Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles lo establece claramente. Los acuerdos a los que se puedan llegar en una mediación, pueden tener consideración de título ejecutivo, si las partes lo desean, mediante su elevación a escritura pública ante notario (art. 25, Título V). En cualquier caso, su cumplimiento es exigible.

 

 

¿CUÁNTO DURA UN PROCESO DE MEDIACIÓN?

 

                 El proceso de mediación es un proceso ágil y rápido. La duración de este dependerá de la voluntad y de la disponibilidad de las partes así como de la complejidad del caso a mediar, aún así, siempre será inferior a otras vías alternativas como la judicial.

 

 

¿QUÉ PASA SI NO SE LLEGA A UN ACUERDO O QUIERO ABANDONAR LA MEDIACIÓN?

 

              Los acuerdos no siempre son inmediatos y las personas necesitan tiempo. Aunque las partes no llegarán a un acuerdo, la mediación les permite tener un espacio para dialogar y crear un espacio de futuro. Las partes, siempre que lo consideren oportuno, pueden emprender otras acciones.